REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 30 de Octubre de 2006.-
195° y 147°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés
Fiscal Aux. Décima novena del Ministerio Público: Dra. Rosa Dayana Mornaghino.-
Defensora Pública Penal: Dra. Raquel Morillo.-
Imputados: Gómez Muñoz Luis Alfonso, Piñango Amad Jackson José y Rodríguez Stender Christian Jesús.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.-
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que le fue otorgada por este Tribunal en fecha 29/09/2005, a los ciudadanos Gómez Muñoz Luis Alfonso, Piñango Amad Jackson José y Rodríguez Stender Christian, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 17.743.962, V-16.922.584 y 16.923.785, y en su lugar se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad; de conformidad con establecido en los artículos 250, 251 numeral 4 y parágrafo segundo y 262 numeral tercero, todos del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su inmediata reclusión en el Internado Judicial de Los Teques.-
Líbrense las correspondientes boletas de encarcelación y remítanse con oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas con sede en la ciudad de Caracas.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.-
El juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria
Abg. Ingrid Carolina Moreno
Seguidamente se dió cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria
Abg. Ingrid Carolina Moreno