REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 27 de Octubre de 2006
196° y 147°

ASUNTO: 3E-134-00

IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL

JUEZ: NAIR J. RIOS CHAVEZ

SECRETARIO: EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PENADO: CARMONA CHAVEZ WILLIANS ASDRUBAL; TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-14.049.219

DEFENSA: DR. LUIS CESAR RUBIO, DEFENSOR PUBLICO PENAL DECIMO TRECE, ADSCRITO A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES.

DELITO: ROBO AGRAVADO.

Corresponde a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Los Teques, emitir pronunciamiento sobre el escrito presentado por el profesional del derecho ABG. LUÍS CESAR RUBIO, en su condición de defensor del penado CARMONA CHAVEZ WILLIAMS ASDRUBAL, titular de Cedula de Identidad N° V-14.049.219, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual solicita lo siguiente: “….. De la revisión efectuada el 07 de Agosto de 2006 al Libro Índice del Archivo Judicial, para obtener información sobre la presente causa se evidencio que la misma fue acumulada bajo el numero de expediente 1E-1651-00 y que además no se haya físicamente en este archivo; motivo por el cual esta defensa solicita con todo respecto a ese digno Tribunal, se sirva darnos información sobre la presente causa que fue acumulada el 13 de marzo de 2000…..”. Vista la presente solicitud se procedió a solicitar información al Archivo Judicial Penal de este Circuito Judicial Penal, con se de en la Ciudad de Los Teques, de los cual se obtuvo la siguiente información:

PRIMERO: De la revisión del Libro Índice del Archivo Judicial de este Circuito Judicial no se encontró información sobre la causa N° 3E-134-00, en cambio se evidencio información sobre la causa N° 2E-134-99, la cual corresponde a los ciudadanos MORALES FLORES EUSEBIO RAMON, tal como se evidencio en el Libro L1, en el folio 69.

SEGUNDO: Se procedió a buscar en todo el Índice General del Archivo Judicial, si existía alguna otra causa a cargo del ciudadano CARMONA CHAVEZ WILLIAMS ASDRUBAL, titular de Cedula de Identidad N° V-14.049.219 y se encontró cuatro (04) registros: dos (02) pertenecen al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, con los siguientes N° 2E-1241-00 de fecha 21-01-00, por el delito de Robo Agravado y N° 2E-1507-99 de fecha 07-09-99 en la cual se especificaba en los motivo sentencia; uno (01) a la orden del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal N° 1E-1651-00 de fecha 14-03-00, por el delito de Robo y por ultimo uno a cargo de este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, causa N° 3E-1704-00 de fecha 17-03-00, por el delito de Robo.
TERCERO: Se reviso las Carpetas Morron llevadas por el Archivo Judicial como Libro L1, de las cuales se obtuvo que existían reflejadas Tres (03) causas, las cuales se detallan a continuación: Causa N° 3E-1704-00 de fecha 17-03-00, por el delito de Robo y la causa N° 3E-146-99, la cual es seguida al ciudadano MENDOZA GERMAN y fue remitida al Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, según oficio N° 202, a la orden del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de ese Circuito Judicial Penal y por ultimo la causa N° 1651-00, con fecha 12-09-00 en la cual se establece que se acumulo y esta a la orden del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal.

En este estado quien aquí decide no puede dar información alguna a la solicitud planteada por el Defensor Publico Penal Dr. Luís Cesar Rubio en lo que se refiere a la Causa N° 3E-134-00, en virtud de que de la revisión del Libro Índice y de las Carpetas llevadas con esa finalidad en el Archivo Judicial de este Circuito Judicial, se evidencio que se acumulo a la causa N° 1E-1651-00 a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, es consecuencia quien debe suministrar la información solicitada es ese tribunal y no este, en virtud de su acumulación.

En consecuencia, este Tribunal estima que al no existir causa alguna que guarde relación con el penado CARMONA CHAVEZ WILLIAMS ASDRUBAL, titular de Cedula de Identidad N° V-14.049.219, lo indicado es remitir la presente solicitud y pronunciamiento al solicitante a los fines de que requiera información ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal si lo considera conveniente, lo procedente y ajustado a derecho es no acordar como en efecto se hace la redención de la pena. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento DECLARA SIN LUGAR la solicitud realizada por el profesional del derecho ABG. LUÍS CESAR RUBIO, en su condición de defensor del penado CARMONA CHAVEZ WILLIAMS ASDRUBAL, titular de Cedula de Identidad N° V-14.049.219, en virtud de que en este tribunal no cursa causa seguida con el ciudadano antes mencionado y de la revisión del Libro Índice y de las Carpetas llevadas con esa finalidad en el Archivo Judicial de este Circuito Judicial, se evidencio que se acumulo a la causa N° 1E-1651-00 a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, con sede en la Ciudad de LÑos Teques, Estado Miranda.

Diarícese, déjese copia, Líbrese oficio al Defensor Publico Penal Dr. Luís Cesar Rubio, remitiendo Copia Certificada de la presente decisión y solicitud. Cúmplase.


LA JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN

ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ

SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA