REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
LOS TEQUES, 23 DE OCTUBRE DE 2006
196° y 147°
Debidamente impuesto como ha quedado IDENTIFICACIÓN OMITIDA, al cumplimiento de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta, y Libertad Asistida, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, sección de Adolescentes. Visto el contenido del oficio N° 290906/01, emanado del Servicio de Libertad Asistida del Servicio Autónomo sin personalidad Jurídica de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia del Estado Bolivariano de Miranda, así como la consignación por parte de la defensa del sancionado de la constancia de estudios, al respecto este Tribunal, observa:
Que IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida el 29-08-2006, hasta el día de hoy han transcurrido UN (01) MES y VEINTICUATRO (24) DÍAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de Libertad Asistida, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, se observa que le falta por cumplir del tiempo de DIEZ (10) MESES y SEIS (06) DIAS, medida que culminará el día 29/08/2007.
En relación con la medida de Imposición de Reglas de Conducta, se puede evidenciar que IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inicio el cumplimiento de esta medida el 26/09/2006, hasta el día de hoy han transcurrido VEINTICIETE (27) DÍAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de Imposición de Reglas de Conducta, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, se observa que le falta por cumplir del tiempo de ONCE (11) MESES y TRES (03) DÍAS, medida que culminará el día 26/09/2007.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Librese Boleta de Citación al sancionado, para el día martes 21 de noviembre de 2006, a las 10:00 horas de la mañana. Líbrese Boleta de Notificación a la Representante del Ministerio Público y Defensa Publica. Cúmplase.-
La Juez
NELIDA CAÑIZALES PRIMERA
El Secretario
ELÍAS SILVERIO ALEJOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
El Secretario
ELÍAS SILVERIO ALEJOS
NJCP/ESA
Act.1E-430/2005