REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO
En virtud de la solicitud realizada por el ABG. JOSE GREGORIO FLORES, y vista las actas que conforman el presente expediente, contentivas del Proceso que se le sigue por ante este Tribunal Segundo de Juicio, al acusado ARGENIS JAVIER LUGO BARRIOS, a quien se le decreto medidas cautelares sustitutivas, dentro de las cuales se fijó la obligación de presentarse por ante la Secretaría de este Tribunal de Juicio, hasta tanto no se realice el Juicio Oral y Público.
Ahora bien, en virtud del tiempo transcurrido sin efectuarse dicho juicio y tomando en consideración que el ciudadano antes mencionado, ha venido cumpliendo cabalmente todas y cada una de sus presentaciones cada ocho (08) días, considera prudente este Juzgado extender las mismas a cada cuarenta y cinco (45) días, hasta tanto se realice el correspondiente Juicio Oral y Público.
En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA extender las presentaciones del acusado ARGENIS JAVIER LUGO BARRIOS, titular de la Cédula de Identidad N° 15.578.976, a cada cuarenta y cinco (45) días, por ante la Secretaría de este Tribunal, hasta la realización del Juicio Oral y Público. Notifíquese.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,
ABG. ROSA DI LORETO CASADO
LA SECRETARIA,
ABG. ALEJANDRA BONALDE
Exp. 2U-448-03.
RDLC.