REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO

Vista la solicitud realizada por el acusado BELLY JOSE DOUDIERES VARGAS, a quien se les decreto medidas cautelares sustitutivas, dentro de las cuales se fijó la obligación de presentarse cada quince (15) días por ante este Tribunal, hasta tanto no se realice el Juicio Oral y Público, a los fines de decidir esta Juzgadora observa:

En virtud del tiempo transcurrido sin efectuarse dicho juicio y tomando en consideración que el ciudadano antes mencionado, ha venido cumpliendo cabalmente todas y cada una de sus presentaciones cada quince (15) días, considera prudente este Juzgado extender las mismas a cada treinta (30) días, hasta tanto se realice el correspondiente Juicio Oral y Público.

En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA extender las presentaciones del acusados BELLY JOSE DOUDIERES VARGAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.583.126, a cada treinta (30) días, por ante la secretaria de este Tribunal, hasta la realización del Juicio Oral y Público. Notifíquese.


LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,


ABG. ROSA DI LORETO CASADO

LA SECRETARIA,

ABG. ALEJANDRA BONALDE
Exp. 2U-700-05.
RDLC.