REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
CON SEDE EN GUARENAS.
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 03 de Octubre del 2.006
197º y 146º
Causa: N° 1E-472-06
Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA
Fiscal 18° del Ministerio Público, Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ
Defensa Pública: Dra. LILIANA RUIZ
Delito: OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código penal vigente para la fecha.
Sanción: Imposición de Reglas de Conducta.
Al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, mediante decisión de fecha 30-05-2006, del Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial le fueron impuestas la medida de Imposición de Reglas de Conducta, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código penal vigente para la fecha., debiendo cumplir dichas medidas por un periodo de Un (01) Año.
Ahora bien, por cuanto el día 31-07-2006, se impuso al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, de la medidas de Imposición de Reglas de Conducta, procede este Juzgado de Ejecución a practicar cómputo de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA permanecerá cumpliendo las Medida de Imposición de Reglas de Conducta, en la sede de este Juzgado, por un período de Un (01) Año, la cual comenzara a partir del treinta y un (31) de Julio del presente año y la misma culminará el día treinta y uno (31) de Julio del año 2007. Notifíquese a las partes.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
Dra. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL.
LA SECRETARIA,
Abg. EDERLIN PEREZ LEÒN
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. EDERLIN PEREZ LEÒN
Exp: N° 1E- 472-06
MTSO/EPL.-