REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Oídas las partes este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda Tramitar la causa por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia en relación con el procedimiento previsto en el Título II, Libro Tercero del Código Orgánico Procesal Penal . SEGUNDO: Se imponen como MEDIDAS CAUTELARES previstas en el artículo 39 eiusdem, las siguientes: 1.- La prevista en el ordinal 1° referida a: Emitir una orden de salida del ciudadano ALEXIS JOSE MARTINEZ del inmueble ubicado en la Urbanización Cartanal, Sector 6, calle 1°, casa N° 52 Municipio Independencia del Estado Miranda; La prevista en el ordinal 5° relativa a: Prohibir el acercamiento del presunto agresor ALEXIS JOSE MARTINEZ, a la vivienda de la victima AMANDA CAROLINA ARANBURO, sin perjuicio del derecho de visita que tiene el agresor sobre sus niñas; La prevista en el ordinal 9° como medida cautelar innominada, a) Permitir el régimen de visitas del presunto agresor a las niñas ANGELINE LUCIA y JOSELINE BETZABETH MARTINEZ ARANBURO, la cual se efectuará fuera de la vivienda de éstas en virtud de la orden de salida emitida por este Tribunal y; b) La presentación cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.. TERCERO: Se acuerda oficiar a la Policía Municipal de Independencia, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado, lo cual se coordinará con la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. Quedan notificadas las partes de lo aquí acordado. Se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio Unipersonal que corresponda por Distribución luego de la publicación del auto respectivo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 5

ORINOCO FAJARDO LEON

El Fiscal LA VICTIMA


ABG. JOSE MENESES AMANDA ARAMBURO


La Defensa EL IMPUTADO


ABG. LUZ MARINA TATIS ALEXIS JOSE MARTINEZ



La Secretaria



ABG. IBELILS SÁEZ