REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Sobre la base de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Quinto de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: SE ORDENA LA REMISION DE LA CAUSA A LA FASE DE JUICIO para el trámite y juzgamiento en procedimiento abreviado previsto en el Título II, Libro Tercero del Código Orgánico Procesal Penal ante el Juez Unipersonal de Juicio que le conozca por distribución, de acuerdo a la norma de reenvío dispuesta en la sección segunda del artículo 36 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

SEGUNDO: Se imponen como MEDIDAS CAUTELARES previstas en el artículo 39 eiusdem, las siguientes:
• 1.- La prevista en el ordinal 1° referida a: Emitir una orden de salida del ciudadano ALEXIS JOSE MARTINEZ del inmueble ubicado en la Urbanización Cartanal, Sector 6, calle 1°, casa N° 52 Municipio Independencia del Estado Miranda;
• 2.- La prevista en el ordinal 5° relativa a: Prohibir el acercamiento del presunto agresor ALEXIS JOSE MARTINEZ, a la vivienda de la victima AMANDA CAROLINA ARANBURO, sin perjuicio del derecho de visita que tiene el agresor sobre sus niñas;
• 3.- La prevista en el ordinal 9° como medida cautelar innominada, siendo éstas:
o a) Permitir el régimen de visitas del presunto agresor a las niñas ANGELINE LUCIA y JOSELINE BETZABETH MARTINEZ ARANBURO, la cual se efectuará fuera de la vivienda de éstas en virtud de la orden de salida emitida por este Tribunal y;
o b) La presentación cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.
TERCERO: Se acuerda oficiar a la Policía Municipal de Independencia, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado, lo cual se coordinará con la Fiscalía Séptima del Ministerio Público.

Publíquese, regístrese, y remítase al Tribunal de Juicio que corresponda. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL No. 5



ORINOCO FAJARDO LEON
EL SECRETARIO


Abg. Neptalí González.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECREARIO


Abg. Neptalí González.



ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2005-2686
ASUNTO: MP21-P-2005-2686
EXP. FISCAL: 15-F7-0092-04.