REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Quinto de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sed-e en Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado DANIEL DURAN ampliamente identificado en autos y, en consecuencia, SE ORDENA SU APREHENSIÓN CAUTELAR a la orden de este Tribunal, todo de conformidad con lo dispuesto en el 260; 262.2° y 3°; 250 y 251.4 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los oficios correspondientes a los Cuerpo Policiales a fin de dar cumplimiento a la orden de este Tribunal.

Publíquese, regístrese, ofíciese y notifíquese al Fiscal, victima y Defensa. Cúmplase.

JUEZ DE CONTROL No. 5



ORINOCO FAJARDO LEON

EL SECRETARIO


Abg. Neptalí González.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECREARIO


Abg. Neptalí González.

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2005-691
ASUNTO: MP21-P-2005-691
EXP. FISCAL: 15-F7-001-05-T