REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
Primero: Se acuerda la solicitud del Fiscal del Ministerio Público y de la Defensa Pública de proseguir la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de que se requiere la práctica de otras diligencias en la investigación.
SEGUNDO: Acuerda a los imputados ALIDA CRISTINA BATATINO YSTURIZ y; LUIS FELIPE ESTANGA RAMIREZ, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación ante la sede del Alguacilazgo cada TREINTA (30) días, y la prohibición de portar ningún tipo de arma de fuego.
TERCERO: Se acuerda en envío de la causa a la Fiscalía 16° del Ministerio Público a requerimiento de ésta y de la defensa, a los fines de continuar con la investigación por la vía ordinaria.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ORINOCO FAJARDO LEON.
EL SECRETARIO
Abg. NEPTALI GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
EL SECRETARIO
Abg. NEPTALI GONZALEZ
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-1709
ASUNTO: MP21-P-2006-1709
EXP. FISCAL: 15-F16-0403-06-PM-PC.