REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1ra) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO.
Guatire, 19 de Octubre del año 2005.-
Año. 195º y 146º
Vistas y analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, y por cuanto de la revisión del presente expediente se evidencia que la ciudadana DENNYS CARTAYA, plenamente identificada en autos, en su condición de parte demandada en la presente causa, a través de la diligencia cursante a los folios dieciséis (16) y diecisiete (17) del presente expediente, rechazó y no aceptó el ofrecimiento de Obligación Alimentaria interpuesto por el ciudadano FIDEAS RAFAEL PRIETO CEDEÑO, plenamente identificado en autos, a favor de los niños MARCO AURELIO y NATALIA DEL VALLE PRIETO CEDEÑO, y en virtud de la negativa de la prenombrada ciudadana, de aceptar el referido ofrecimiento de obligación alimentaria efectuado por el ciudadano antes identificado, a favor de sus precitados hijos, es por lo que este Despacho Judicial acuerda dar por terminado el presente procedimiento y ordena el cierre y archivo del expediente constante de dieciocho (18) folios útiles. Devuélvanse los documentos originales a la parte interesada. Remítase el presente expediente al depósito del archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABOG. EDGAR JOSÉ PÉREZ GUARACO.-
EXP Nº 05*6439.-
LMDC/EJPG/Jean Carlos Orozco.-
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