LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 147º



SOLICITANTE: EUMIDA MATILDE LOZANO DE COLMENERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-2.106.013.
APODERADO JUDICIAL: LUIS ALBERTO LUGO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N º 61.317.
EXPEDIENTE N º 16260
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.

CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 28 de junio de 2006, se recibió la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el abogado LUIS ALBERTO LUGO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.317, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EUMIDA MATILDE LOZANO DE COLMENERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-2.106.013, el Acta de Defunción corre inserta bajo el N º 29, al folio 15, del Libro de Registro Civil de Defunción, llevados por la Dirección de Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Carrizal del Estado Miranda, durante el año: 2002. Alegando que por error involuntario al momento de efectuar la inserción del acta de defunción de su cónyuge, ciudadano ANTONIO COLMENERO PORTO, se incurrió en el error de asentar el número de cédula de identidad del ciudadano antes mencionado como: “Nº 682.491” siendo lo correcto “Nº E-688.491”.
En fecha 17 de julio de 2006, el Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 01 de agosto de 2006, el apoderado judicial de la ciudadana EUMIDA MATILDE LOZANO, consignó fotostatos a fin de librarse boleta de notificación, asimismo consignó fotostatos de la documentación cursantes en original, a los fines que previa certificación en autos sea devueltos los originales.
En fecha 07 de agosto de 2006, el Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 10 de agosto de 2006, el Alguacil Accidental del Tribunal consignó Boleta de notificación firmada y sellada en esta misma fecha, por la representación Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 18 de septiembre de 2006, siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, manifestara su opinión mediante diligencia manifestó no tener objeción que formular en la presente solicitud.
CAPITULO II
MOTIVA
Probado como ha sido lo alegado en autos, y vistos los documentos presentados especialmente la copia de la cédula de identidad del ciudadano ANTONIO COLMENERO PORTO, (finado), copia de su acta de matrimonio y copia de documento de propiedad procedente de la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, donde se verifica el número correcto de la cédula de identidad del ciudadano antes mencionado, y por cuanto se evidencia la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el apoderado judicial de la ciudadana EUMIDA MATILDE LOZANO DE COLMENERO, anteriormente identificada, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Carrizal del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción del finado ANTONIO COLMENERO PORTO, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N º 29, al folio 15, del Libro de Defunción correspondiente al año 2002, a fin de que donde dice y se lee: “...Nº 682.491...” diga y se lea: “...Nº E-688.491...”. Todo ello en la dispositiva del presente fallo. Así se decide.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con vista a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el apoderado judicial de la ciudadana EUMIDA MATILDE LOZANO DE COLMENERO, anteriormente identificada, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Carrizal del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción del finado ANTONIO COLMENERO PORTO, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N º 29, al folio 15, del Libro de Defunción correspondiente al año 2002, a fin de que donde dice y se lee: “...Nº 682.491...” diga y se lea: “...Nº E-688.491...”.
Expídanse por secretaria las copias certificadas a que haya menester a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes junto con oficio, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 1º de la Ley de Sellos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 Ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006).-
LA JUEZA TEMPORAL,

LA SECRETARIA ACC.,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
ABG. ANA MILDRED GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia, siendo las 1:00 p.m.-
LA SECRETARIA ACC.,

MJFT/Damelis
Exp Nº 16260 ABG. ANA MILDRED GONZALEZ