REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
195º y 147º
SOLICITANTE: MARY CRUZ MORENO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.117.311 .
APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE: MANUEL DE JESÚS MORENO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N º 82.652.
EXPEDIENTE N º 16013
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.
CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 02 de junio de 2006, se recibió la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el abogado MANUEL DE JESÚS LOPEZ BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.652, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARU CRUZ MORENO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-5.117.311, la cual corre inserta bajo el Acta N º 32, al folio vto 63, del Libro de Registro Civil de Defunción, llevados por el Dirección de Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Buroz del Estado Miranda, durante el año: 2001. Alegando que por error involuntario al momento de efectuar la inserción del acta de defunción del ciudadano HIPÓLITO MORENO MOTA se incurrió en el error al colocar como su hijo al ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO, siendo que al morir dejó siete hijos de nombres: MARY CRUZ, ARGENIS, BESTALIA, YARIMA, de asentar: “GOHELSON BARRIOS OROPEZ”.
En fecha 17 de abril de 2006, el Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 04 de mayo de 2006, el Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 17 de mayo de 2006, el Alguacil Accidental del Tribunal consignó Boleta de notificación firmada y sellada en esa misma fecha, por la representación Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 19 de julio de 2006, siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, consignó diligencia mediante la cual solicitó al Tribunal se exhorte a la solicitante a consignar en el presente expediente copia certificada de acta de nacimiento del ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO y en caso de no consignarla solicitó se tramite la presente solicitud por el procedimiento ordinario.
En fecha 14 de junio del 2006, el tribunal dictó auto mediante el cual se exhorto a la solicitante a consignar la partida de nacimiento del ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO.
En fecha 03 de julio del 2006, el abogado MANUEL LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.652, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante mediante diligencia consignó la partida de nacimiento del ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO.
En fecha 17 de julio del 2006, el tribunal dicto auto mediante el cual se acordó librar la boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que emita su pronunciamiento respectivo.
En fecha 09 de agosto del 2006, el alguacil de este Tribunal dejó constancia de haber entregado la boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 10 de agosto del 2006, la Fiscal del Ministerio Público consignó diligencia mediante la cual manifestó no tener objeción que formular a la presente solicitud.
CAPITULO II
MOTIVA
Siendo la oportunidad para decidir este Tribunal observa: Que la solicitante para fundamentar su solicitud de Rectificación de Partida de Defunción, aportó como pruebas Partida de nacimiento de la ciudadana MARY CRUZ MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 25 de junio de 1958, bajo el N° 1887; Partida de nacimiento del ciudadano ARGENIS JOSE MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 11 de noviembre de 1958, bajo el N° 3.703; Partida de nacimiento de la ciudadana ISBELIA ROSA MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 14 de diciembre de 1972, bajo el N° 3.990, Partida de nacimiento de la ciudadana BESTALIA JOSEFINA MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 22 de abril de 1973, bajo el N° 933; Partida de nacimiento de la ciudadana YARIMA ANTONIA MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 09 de noviembre de 1974, bajo el N° 3141, folio 82, año; Partida de Nacimiento de la ciudadana NANCY ELENA MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 27 de junio de 1966, bajo el N° 1745; Partida de Nacimiento del ciudadano HIPÓLITO ALBERTO MORENO LOPEZ, inserta en los libros de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Brión del Estado Miranda, de fecha 27 de mayo de 1979, bajo el N° 153; Acta de Matrimonio de los padres de la solicitante, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 17 de agosto de 1972, bajo el N° 570; Acta de Defunción del padre de la solicitante, inserta en los libros de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Autónomo Buróz del Estado Miranda, de fecha 13 de julio de 2001, bajo el N° 32; Partida de Nacimiento del ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO, inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 23 de julio de 1972, bajo el N° 1972, y al analizar dichas probanzas, este Tribunal encuentra que efectivamente en la partida de defunción del finado HIPÓLITO MORENO MOTA; se incurrió en el error material de colocar como su hijo al ciudadano JESÚS ROBERTO HIDALGO, siendo que al morir dejó siete hijos de nombres MARY CRUZ, ARGENIS, BESTALIA, YARIMA, NANCY, HIPÓLITO ALBERTO E ISBELIA MORENO LOPEZ. Configuandose con las probanzas aportadas en el error denunciado, consistente en que el finado HIPÓLITO MORENO MOTA, dejó siete hijos de nombres MARY CRUZ, ARGENIS, BESTALIA, YARIMA, NANCY, HIPÓLITO ALBERTO E ISBELIA MORENO LOPE; en consecuencia éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el abogado MANUEL DE JESÚS LOPEZ BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.652, actuando como apoderado judicial de la ciudadana MARY CRUZ MORENO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.117.311, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Buroz del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción del finado HIPÓLITO MORENO MOTA, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N º 32 al folio vto 63, del Libro de Defunción correspondiente al año 2001, a fin de que donde se colocó como su hijo al ciudadano: “JESÚS ROBERTO HIDALGO”, siendo lo correcto: que al morir dejó siete hijos de nombres: “MARY CRUZ, ARGENIS, BESTALIA, YARIMA, NANCY HIPÓLITO ALBERTO E ISBELIA MORENO LOPEZ”. Todo ello en la dispositiva del presente fallo. Así se decide.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con vista a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el abogado MANUEL DE JESÚS LOPEZ BLANCO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.241, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARY CRUZ MORENO LOPEZ, anteriormente identificada, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Buroz del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción del finado HIPÓLITO MORENO MOTA, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N° 32 al folio vto 63, del Libro de Defunción correspondiente al año 2001, a fin de que donde se coloco como su hijo al ciudadano: “HIPÓLITO MORENO MOTA”, siendo lo correcto: que al morir dejo siete hijos de nombres: “MARY CRUZ, ARGENIS BESTALIA YARIMA, NANCY, HIPÓLITO ALBERTO E ISBELIA MORENO LOPEZ”.
Expídanse por secretaria las copias certificadas a que haya menester a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes junto con oficio, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 1º de la Ley de Sellos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 Ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques a los veintiuno (21) días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006).-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
ABG. ANA MILDRED GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia, siendo las 1:00 p.m.-
LA SECRETARIA ACC,
MJFT/yza
Exp Nº 16013 ABG. ANA MILDRED GONZALEZ.