REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
San Cristóbal, miércoles veinte (20) de Septiembre del 2.006
196º y 147º
Por recibido el anterior escrito constante de un (01) folio útil suscrito por la ciudadana Defensora Pública Yuly del Carmen Becerra Colmenares, mediante el cual solicita a este Tribunal ordene lo conducente para que le sea expedida copia simple de las actuaciones insertas en la causa penal Nº 1C-1.453/2.005, instruida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA, solicitando igualmente que dicho escrito sea agregado al expediente respectivo, para resolver se observa:
En fecha 1º de Noviembre del año 2.005, este Tribunal dictó decisión mediante la cual se homologó el acuerdo conciliatorio propuesto en la audiencia preliminar; decretó el sobreseimiento definitivo de la causa; acordó expedir copia simple de la audiencia a la defensa, y ordenó remitir la causa al Archivo Judicial en su oportunidad legal.
De igual manera, firme como quedó la decisión dictada el 1º de Noviembre del 2.005, se dictó auto de fecha 17 de Noviembre del 2.005 ordenando remitir la causa al Archivo Judicial, lo cual se hizo mediante oficio Nº 1-1.839/2.006.
Ahora bien, observa quien decide que el Tribunal en la celebración de la audiencia preliminar, a petición de la defensa acordó expedir copia simple de la decisión dictada a costa de la solicitante, quien no realizó las diligencias necesarias para la obtención de la misma; y se evidencia igualmente que mediante el referido escrito, la defensora está solicitando copia de todas las actuaciones en general referidas a la causa antes señalada.
Como consecuencia de lo antes señalado, esta operadora de justicia declara parcialmente con lugar la solicitud de la defensa y ordena expedir copia simple de la decisión dictada el 1º de Noviembre del 2.005, la cual consta en el copiador de decisiones correspondientes al mes de Noviembre del año 2.005, y no del total de las actuaciones correspondiente a la causa penal 1C-1.453/2.005, ya que la misma fue remitida al Archivo Judicial en su oportunidad legal; e insta a la ciudadana defensora a que consigne la suma correspondiente a las copias acordadas, para que le sean expedidas de manera oportuna. Así se decide.
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara Parcialmente con lugar la solicitud de la Defensa y ordena expedir copia simple de la decisión dictada el 1º de Noviembre del 2.005, la cual consta en el copiador de decisiones correspondientes al mes de Noviembre del año 2.005, y no del total de las actuaciones correspondiente a la causa penal 1C-1.453/2.005, ya que la misma fue remitida al Archivo Judicial en su oportunidad legal,
SEGUNDO: Insta a la ciudadana Defensora Yuly del Carmen Becerra Colmenares, a que consigne la suma correspondiente a las copias acordadas, con el fin de que le sean expedidas de manera oportuna.
TERCERO: Notifíquese a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal.
ABG. DILIA ERUNDINA DAZA RAMIREZ
JUEZA PRIMERO DE CONTROL
ABG. GREGORIO ALFREDO MOLINA GUERRERO
SECRETARIO SUPLENTE
En la misma fecha se publicó la anterior decisión en la Sala de Audiencias del Juzgado, y se cumplió con lo ordenado.
Causa Nº 1C-1.453/2.005
DEDR.