REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 13 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-002985
ASUNTO : SP11-P-2006-002985
Visto el oficio Nº 20-F25-2469-2006, de fecha 21 de Agosto de 2006, suscrito por la Abogado Maria Salome Zambrano, en su carácter de Fiscal Vigésima Cuarta Comisionada en la Fiscalia Vigésima Quinta del Ministerio Público de San Antonio del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal, se sirva expedir Mandato de Conducción, conforme al artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LUIS ARMANDO MEDRANO GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-15.857.341 nacido el 17 de Enero de 1979. De profesión vendedor, de 26 años de edad, de estado civil soltero, natural de San Antonio, residenciado en la Urbanización Monte Bello 2, calle 2, casa N° 11-91, Municipio los Patios, Cúcuta, Norte de Santander, Teléfono 0577580033 de la República de Colombia. Con el debido respeto a sus derechos constitucionales, dentro del lapso legalmente establecido, a fin de que se presente a este Despacho Fiscal, con el propósito de tomarle entrevista en relación a la causa Nº 20-F25-0444-2005, aperturada por el delito de Hurto y Robo de Vehículos Automotores Contra la Propiedad, en contra del ciudadano Edgar Antonio Melo Mendoza, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-3.462.559, este Tribunal para decidir observa:
Que la Representante Fiscal, fundamenta su petición, en el hecho de que el ciudadano LUIS ARMANDO MEDRANO GARCIA, lo han citado mediante el oficio N° 20F25-2469-06; no ha comparecido por ante esa Oficina Fiscal, a rendir su respectiva declaración, lo que ha producido obstaculización en la causa 20-F25-0444-05, siendo necesaria su declaración para dictar Acto Conclusivo que corresponda, por lo que debe ser declarada con lugar el pedimento del Ministerio Público y así se decide.
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: ACUERDA LIBRAR MANDATO DE CONDUCCION, a Politáchira San Antonio, mediante oficio, conforme a lo previsto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LUIS ARMANDO MEDRANO GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-15.857.341 nacido el 17 de Enero de 1979. De profesión vendedor, de 26 años de edad, de estado civil soltero, natural de San Antonio, residenciado en la Urbanización Monte Bello 2, calle 2, casa N° 11-91, Municipio los Patios, Cúcuta, Norte de Santander, Teléfono 0577580033 de la República de Colombia.
SEGUNDO: DICHA ORDEN DEBE SER EJECUTADA, con el debido respeto de los Derechos y Garantías Constitucionales que le asisten al referido ciudadano; asimismo, la conducción ante la Fiscalia vigésima quinta del Ministerio Público, deberá efectuarse en un plazo que no exceda de ocho (8) horas contadas a partir de la conducción por la fuerza pública, durante los días lunes a viernes, desde las 8:30 de la mañana hasta las 3:30 de la tarde.
Líbrese los correspondientes oficios y devuélvanse las actuaciones.
ABG. MIKE ANDREWS OMAR PARADA AMAYA
JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ALEJANDRO AVILA PÉREZ
SECRETARIO