REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta tanto conste las resultas de los exámenes psiquiátricos ordenados.
SEGUNDO: Se otorga medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad a favor del imputado, FARIÑEZ BIRRIEL HERMES JOSE, venezolano, nacido en Caracas, nacido el día 11-08-58, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.429.987, estado civil: Casado, de profesión u oficio: Técnico en vías Férreas, hijo de BEATRIS DE FARIÑEZ (V) y HERMES FARIÑEZ (V), domiciliado en: Boulevard Rómulo Betancourt, Residencias El Torreón II, Edificio 9, Apartamento 953, Guarenas Estado Miranda, sujeta a la presentación ante este Tribunal llevado por la Oficina de Presentación del Imputado de Alguacilazgo cada TREINTA (30) DÍAS, por un lapso de seis meses. Y la salida de la residencia que tiene en común con la victima PIÑA CASTRO CARMEN CECILIA; el ciudadano FARIÑEZ BIRRIEL HERMES JOSE por un lapso de treinta (30) días vencido dicho plazo, tiene la obligación de informar al Tribunal si ya logro el finiquito de separación y divorcio, con la victima descrita en autos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 39 numeral 1 y 9 de la Ley de Violencia Contra La Mujer y La Familia. Líbrese el respectivo oficio y sendas boletas.
Tercero: Se acuerda el envío de la causa a la Fiscalía 4° del Ministerio Público, en su oportunidad legal, a los fines de continuar con la investigación por la vía ordinaria.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO (T) DE CONTROL
ABG JOSE MORENO GONZALEZ
EL SECRETARIO
Abg. JOSUE ZERPA
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
EL SECRETARIO
Abg. JOSUE ZERPA
1C-09-204-06