REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPÚBLICA B REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION BARLOVENTO

Guarenas, 21 de septiembre de 2006
196° y 147°

Visto el escrito presentado por el DR. MIGUEL ANGEL GOMEZ ARAMBURU, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la presente causa seguida al ciudadano VERDU JHONNY ALEXIS, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, , previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal del Código Penal, este Tribunal para decidir sobre la misma, previamente observa:

PRIMERO: Se inició la presente averiguación en fecha 15 de noviembre del año 1999, en virtud de Acta Policial, suscrita por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Miranda, brigada ciclística, en la cual dejan constancia de haber sido abordados por la ciudadana JACKELINE DELMIRA SEGOVIA MALAVE, señalando al investigado como la persona mencionada en la denuncia… el articulo 415 ahora 413 del Código Penal, establece una pena de prisión de tres a doce meses.

SEGUNDO: Ahora bien, el hecho ocurrió en fecha 19-11-1999, habiendo transcurrido hasta el día 21-09-2006, un lapso de Seis (06) años, Nueves (09) meses y Dos (02) días, lapso éste superior al exigido en el ordinal 5º articulo 108 del Código Penal, para que opere la PRESCRIPCIÓN ORDINARIA en el presente caso, lo cual se configura en el supuesto previsto en artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, que textualmente dispone:

“Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando: ... 3. La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada”.-

Por todo lo antes expuesto, y en virtud que la prescripción de la acción penal extingue la misma, tal como lo establece el artículo 48, del Código Orgánico Procesal Penal, que dispone: “Causas. Son causas de extinción de la acción penal: … 8. La prescripción …”, considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano VERDU JHONNY ALEXIS, conforme lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 5° del Código Penal.- ASI SE DECLARA.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida a PERSONA POR IDENTIFICAR, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 415 vigente para el momento de los hechos, ahora 413 del Código Penal, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 5° del Código Penal. Publíquese, regístrese y notifíquese.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL.


DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS
LA SECRETARIA,


ABG. NATHALIA PEREZ


EXP: N° 2C-847-99-