REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Dra. DAMELIS BRAZON, en su carácter de Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a favor de los ciudadanos: ANA TERESA PEREZ MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.298.194, YOHANNY PEREZ MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.389.549 y ZULIMAR MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.456.920y en consecuencia se acuerda a los fines de garantizar la integridad física de dichos ciudadanos dictar la siguiente MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION: PRIMERO: Oficiar al Director del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, Región Policial N° ----, con sede en Charallave, a los fines de que dicha autoridad Policial designe a funcionarios adscritos a ese Órgano Policial a objeto de que se garantice la integridad física de los ciudadanos: ANA TERESA PEREZ MUÑOZ, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.298.194, de 27 años de edad, Bachiller en Ciencias, de ocupación domestica, domiciliada en Santa Teresa del Tuy, sector Ciudad Lozada, Municipio Independencia, Estado Miranda; YOHANNY PEREZ MUÑOZ, venezolano, soltero, de 25 años de edad, de ocupación obrero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.389.549 y ZULIMAR MUÑOZ, venezolana, casada, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.456.920, de profesión u oficio comerciante, domiciliada en Santa Teresa del Tuy, callejón Tamanaco, bajando por el depósito de Ferretería El Rey, casa Nro. 15, Estado Miranda, por lo que deberán prestar la inmediata seguridad y protección a los antes mencionados ciudadanos y levantar reporte diario de novedades sobre el estado y permanencia de los mismos en el sector donde residen. Y una vez designados dichos funcionarios sirvan informar a este Tribunal de una manera periódica. SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente Decisión a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, así como copia certificada del oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, Región Policial N° ----, con sede en Charallave. TERCERO: Remítase copia certificada de lo aquí decidido a la Unidad de Atención a la Victima de la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Regístrese, diarícese, notifíquese de la presente decisión y líbrense los correspondientes oficios.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL.,
ABG. ALEJANDRA BONALDE COLMENARES
EL SECRETARIO
ABG. JESUS GAMBOA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto.-
EL SECRETARIO
ABG. JESUS GAMBOA