REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

Se dicto auto mediante el cual se le dio entrada a la presente causa bajo el No. 06-6206, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, fijandose 30 días calendario para dictar sentencia en la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantias Constitucionales.