REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 18 de septiembre de 2006.-


196º y 147º

Se evidencia de las actas procesales que el servicio de alguacilazgo en fecha 06 de junio de 2006, dejó constancia que fijo en la cartelera de este Circuito Laboral el cartel de notificación dirigido al ciudadano FRANCISCO GARRIDO parte oferente. Ahora bien, en virtud que ha transcurrido dos (2) meses y cuatro (4) días, sin que la parte oferente haya comparecido a corregir el libelo de la demanda, en consecuencia este Tribunal dando cumplimiento al auto que corre inserto al folio 25 del expediente, declara la Inadmisibilidad de la Oferta Real de Pago. Así se decide.

CORINA RODRÍGUEZ SANTOS
LA JUEZ

JOHANNA MONSALVE
LA SECRETARIA


NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA


EXP. Nº 0038-06
CRS/JM/jg.-