REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
PODER JUDICIAL
 
 
 
 
 
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE 
 
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO 
 
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA 
 
 
                       Años 196° y 148°
 
 
En horas de Despacho del día de hoy, diez (10) de abril de dos mil siete (2007), siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento por PRESTACIONES SOCIALES, anunciado el acto a las puertas de este Tribunal se deja constancia que ninguna de las partes compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno,  por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-.- PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.- PUBLÍQUESE EN EL SITE DE LA PAGINA WED CORRESPONDIENTE AL ESTADO MIRANDA.-Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 11:00 a.m.-
 
LA JUEZ
 
	
 
 
DRA. EDY LUZ SIMANCAS PADILLA
 
 
 
                                    
 
 
                                        LA SECRETARIA
 
 
                 
 
                                      Dra. FABIOLA GÓMEZ
 
 
 
Expediente N° 1646-06
 
ELSP/FG/elsp
 
 
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