TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Abril del Dos Mil Siete (2007).-
197º y 148º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana NIDIA MARYELIN MARTINEZ MUCHACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.301.506, Sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, ubicado en la calle Miranda y Transversal 25 de la población de Santa Lucía, Jurisdicción del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el Abogado en ejercicio RICARDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.661. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA
AO/darma*
Solicitud N° S-2151
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