En el día de hoy, doce (12) de abril de dos mil siete (2007), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para la práctica de la medidas de ENTREGA MATERIAL; se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a solicitud de la parte actora ALVARO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 6.051.691, debidamente asistido por la abogada HAYDE MARITZA NIEVES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.794, en la siguiente dirección: Colinas de la Mariposa, calle Los Mangos, casa Nº 10, sector El Cují, de la población San Antonio de los Altos, del Estado Miranda Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. Una vez en el sitio el Tribunal procedió a efectuar repetidos toques en las puertas del inmueble objeto de la medida, respondiendo al llamado una persona quien se identifico como NADIA ABDUL RAZZAK, titular de la cédula de identidad Nº 14.201.051, a quien se le impuso el motivo de la presencia del Tribunal. Se deja constancia que acompaña al Tribunal la ciudadana GRACIELA BRACHO, funcionara del Consejo de Protección de la Alcaldía del Municipio de Los Salias del Estado Miranda, a los fines de resguardar la integridad física y mental de los niños el primero de 11 años de edad, y el segundo un (1) mes de nacido. Acto seguido, se exhorto a la mencionada ciudadana, para que efectuare el retiro voluntario de los bienes muebles que se encuentran en el inmueble objeto de la medida, en virtud que sobre ellos no recae medida alguna, quien manifestó su conformidad, y procedió a retirar los mismos en forma voluntaria. Asimismo, se deja constancia que a petición de la parte actora se designa como cerrajero al ciudadano CARLOS BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.842.638, quien luego de ser impuesto de las generalidades de ley, aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, procediendo de seguidas al cambio de las cerraduras que conducen al interior del inmueble. Una vez concluido el retiro voluntario de los bienes, la apoderada judicial y el ciudadano ALVARO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.051.691, pidieron ser oídas por el Tribunal y exponen: Recibimos conforme el inmueble libre de bienes y de personas así como las llaves del mismo. Se deja constancia que estuvieron presentes los funcionarios policiales HENRY GONZALEZ, placa 01128, DANIEL RIVAS, JOSE RANGEL s/p, adscritos a la Policía del Estado Miranda, quienes velaron por la custodia y protección de las personas presentes en la medida y por el cabal cumplimiento del orden público durante la ejecución de la misma. Se deja constancia que se fijó Cartel de Notificación en las puertas del inmueble. En éste estado y siendo las 3:30pm. El Tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

MARIO ESPOSITO C.
LA PARTE ACTORA

LA ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA


LA NOTIFICADA

EL CERRAJERO


LOS FUNCIONARIOS POLICIALES




LA FUNCIONARIA DE PROTECCIÓN



LA SECRETARIA

VERHZAID MONTERO M.
COMISIÓN Nº 2109-07