En el día de hoy dieciséis (16) de abril de dos mil siete (2007), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30am), oportunidad fijada para la practica de la medida de Embargo Ejecutivo, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a solicitud del apoderado judicial de la parte actora abogado JESUS RAMON MATERAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.045, en un terreno y las bienhechurías sobre el construidas situado en Potrerito, en jurisdicción de San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Miranda. Una vez en el sitio, se encontraban presentes el ciudadano OMAR BALDA ZABARCE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.483.428, parte demandada, y su abogado asistente OSCAR ENRIQUE BALDA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 70.379, quienes permitieron al Tribunal penetrar al inmueble conjuntamente con la parte actora y el apoyo policial requerido, manifestándonos que él inmueble es al que se refiere la medida de embargo ejecutivo, constatándose además que sus alrededores se encuentran llenos de maleza y completamente libre de bienes y de personas. Acto seguido se designó al ciudadano JESUS TORTOZA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro 6.457.401, como perito avaluador y al ciudadano EMILIO CHAVEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro 3.366.139 en su condición de representante judicial de la Depositaria Judicial RC CA, quienes estando presentes aceptaron los cargos prestaron el juramento de ley, procediendo de seguidas el primero de los nombrados hacer un recorrido por el inmueble que se describe a continuación: un terreno y las bienhechurías sobre el construidas situado en Potrerito, en jurisdicción de San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Miranda, en un área de construcción diecisiete metros con sesenta centímetros (17,60 mts), de frente por trece metros con sesenta centímetros (13,60 mts) de fondo, dentro de los siguientes linderos: NORTE: En treinta y un metros (31 mts), con terreno que es o fue del señor HUGO DE MARCO; SUR: En cuarenta y un metros con cincuenta centímetros (41,50 mts), en parte a carretera que conduce al Potrerito y en parte en terreno que es o fue del señor ANTONIO CAMUÑEZ G; ESTE: En diecinueve metros con sesenta centímetros (19,60 mts), con terreno que es o fue del señor SERGIO WERBA FISHMAN Y OESTE: En veintinueve metros con ochenta centímetros (29,80 mts), en parte con el final de la carretera, y en parte con terreno que es o fue del señor de apellido PEÑA, y en parte con terreno que es o fue del señor ANTONIO CAMUÑEZ. Dicho inmueble pertenece a la parte demandada, según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Los Salías del Estado Miranda, en fecha 08 de enero de 2001, bajo el N° 11, folios 11, Protocolo 01, Tomo 1, Primer Trimestre, inmueble éste que la parte actora señaló como objeto de la medida. En este estado, el perito avaluador pidió ser oído por el tribunal y expuso: Tomando en consideración, linderos, metraje y ubicación se estima prudencialmente el valor del inmueble en CIENTO CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (140.000.000,00), en virtud que no presenta ningún tipo de ventanas ni puertas, no posee cocina ni mobiliario en baños, no tiene pocetas ni lavamanos, no posee lámparas ni toma corrientes, presenta un pequeño deslizamiento en la parte sur de la vivienda, y se encuentra totalmente abandonada y las vías de acceso están bloqueadas por malesa y deslizamiento, es todo”. Seguidamente este Tribual oida la exposición del perito evaluador declara embargado ejecutivamente el inmueble suficientemente identificado. Se deja constancia que se fijó cartel de notificación en las puertas del inmueble de la medida que se esta ejecutando. En este estado la parte actora pidió ser oida y expone: Solicito se libre oficio a la oficina de Registro correspondiente de la medida que se está ejecutando, igualmente se remitan las presentes actuaciones al Tribunal comitente. Se deja constancia que estuvieron presentes en la medida los funcionarios Subinspector HAYSTERNEFORY BLANCO y ANDERSON ALBORNOZ, placas LS031 y LS165, adscritos a la Policía Municipal de Los Salias. En este estado y siendo las 12:30pm, este Tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su sede, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez


MARIO ESPOSITO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


OMAR BALDA ZABARCE


SU ABOGADO ASISTENTE
EL PERITO


EL DEPOSITARIO
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES


LA SECRETARIA


VERHZAID MONTERO
COMISION Nº 2067-06