REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA

En horas de despacho del día de hoy, 25 de abril de 2007, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para la celebración de la apertura de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo de la acción de calificación de despido interpuesta por la ciudadana MARIA NIEVES DORTA BELLO, contra la empresa CORPOSERVICIOS DE MANTENIMIENTO MIRANDA, se anunció el acto a la entrada del Tribunal, no compareciendo las partes ni por si ni por medio de apoderado alguno. En este estado la Juez inicia el acto dejando expresa constancia de la incomparecencia del las partes a la apertura de la Audiencia Preliminar; ahora bien, en vista de la incomparecencia del accionante a la apertura de la Audiencia Preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, le resulta forzoso a este Juzgadora declarar DESISTIDO el presente procedimiento, y de inmediato pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo. En tal sentido, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, terminado el proceso, y extinguida la instancia. Se solicita a la Secretaria del Juzgado expedir copias certificadas de la presente acta.


PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA.

Dictada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques , a los veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil siete ( 2007). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.




JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ
LA SECRETARIA
EXP. 1189-06
JG./ICT