REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
COORDINACION DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
Los Teques, 09 de abril de 2008.
197° y 149°
Nº__________
CIUDADANA:
Dra. MILAGROS HERNANDEZ
JUEZ SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS.-
SU DESPACHO.
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, expediente signado con el Nº 0732-05,(nomenclatura interna del Juzgado Superior a su cargo), contentivo del Recurso de Amparo Constitucional que interpuso la abogada CARMEN LUCIA GONZALEZ RAVELO contra el abogado ADOLFO HAMDAN GONZALEZ en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Charallave contra la sentencia de dictada por este Tribunal en fecha 12 de julio de 2007, constante de dos (02) piezas y un cuaderno de medidas; de doscientos siete (207) folios útiles la primera, sesenta y cuatro (64) folios útiles la segunda y tres (03) folios útiles cuaderno de medida; y copias certificadas del referido expediente provenientes del Tribunal Supremo de Justicia Sala Constitucional constante de dos (02) piezas, la primera con doscientos veintidós (222) folios útiles, la segunda con ochenta y seis (86) folios útiles, y un (1) cuaderno de medidas con cuatro (04) folios útiles y 4 CD, en virtud que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia la designó a usted como Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, e iniciando el Juzgado Superior Segundo del Trabajo el día 10 de diciembre del 2008; y por cuanto en fecha 07 de marzo de 2007 usted fue designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia Juez Accidental de esta Circunscripción Judicial y Sede asignándole la presente causa.
Ahora bien, y por cuanto que la Jueza despacha desde su sede oficial en la ciudad de Guarenas, en este sentido esta Coordinación del Trabajo en aplicación de los Principios Procesales establecidos en el articulo 2 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ordena remitir la causa antes mencionada a fin de que se puede facilitar el manejo de las mismas con mayor celeridad y brevedad por la ciudadana Juez, e igualmente esta Coordinación del Trabajo deja expresa constancia que se publicara por pagina web del Juzgado Superior Accidental y en la cartelera informativa de este Circuito el presente oficio a fin de que las partes queden informadas del mismo.
Remisión que hago a usted a fin de que se de cumplimiento con lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ
EL JUEZ COORDIANDOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES
Anexo: Lo indicado
AHG/ICT/jg.-
Exp.N° 0732-05