REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy, nueve (09) de abril de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública del dictamen de la sentencia oral en la causa incoada por el ciudadano BERRIOS GUALDRON JOSE, titular de la cedula de identidad N°17.145.898, contra la empresa INDUSTRIAS NOPAL, S.A., en el expediente signado con el número 1343-07,(Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por el abogado EDUARDO EMILIO TRENARD LA BELLA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 14 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia del abogado ANIBAL ALFREDO MEJIA Z., en su carácter de apoderado judicial de la demandada, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 44.072, así mismo hizo acto de presencia el ciudadano BERRIO GUALDRON JOSE en su carácter de parte actora y el abogado HAROLD ALEXANDER RINCON CAMACHO inscrito en el inpreabogado bajo el N° 119.891, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Acto Seguido se da inicio a la audiencia y procede el ciudadano Juez a dictar la sentencia oral en el presente expediente hace un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado EDUARDO EMILIO TRENARD LA BELLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 14 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques; SEGUNDO: Se modifica la decisión de fecha 14 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques en relación al error material consistente en el calculo matemático de la indemnización del articulo 33 Ley Orgánica Condiciones Prevención y Medio Ambiente del Trabajo en su parágrafo segundo ordinal 3.CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano BERRIOS GUALDRON JOSE, titular de la cedula de identidad N°17.145.898,contra la empresa INDUSTRIAS NOPAL, S.A.,.-QUINTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará dentro de los cinco (05) días hábiles siguiente a la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día nueve (09) de abril del año 2008, años 198° de la Independencia y 148° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE
EXP. 1343-08
AHG/ICT
ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA APELANTE.
advierte que desde la fecha 08 de abril de 2005 al 28 de junio de 2007 no hay ningún tipo de actuación por parte del accionante en efecto resulta forzoso declarar la Perención de la Instancia