REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO
SAN CRISTÓBAL, 21 DE ABRIL DEL 2008
192º y 145º
Visto el contenido de la diligencia inserta al folio (16) de fecha 16 de Abril del 2008, suscrita por la Abog. GENNY YULMAR MOLINA MOLINA, Defensora Publica de Proteccion, mediante la cual manifiesta que el Joven JOSSE AUGUSTO ANGULO CONTRERAS, ya cumplio su mayoría de edad, tal y como se evidencia en la partida de nacimiento N° 529, de fecha 07 de Noviembre de 1990, levantada por ante la Prefectura del Municipio Gran Sabana, del Estado Bolívar; En consecuencia, esta Juzgadora por cuanto no hay mas actuaciones que practicar acuerda DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE EXPEDIENTE. Y así se decide.
Esta Juez Unipersonal Nro. 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADA LA PRESENTE CAUSA. Y ordena el archivo del expediente. Hágase como se pide. Cúmplase.-
ABOG. HIRIAN M. MONTOYA RODRIGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL Nro. 3
ABOG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en autos.-
El Secretario,
EXP. 45852
Daniela.-