REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
197° y 149°
Vista la diligencia de fecha 09/04/2008, suscrita por la parte demandante, ciudadanos MIGUEL ANTONIO MANJARREZ PATIÑO, CARMEN VICTORIA MANJARREZ DE SEQUERA, LISBETH CAROLINA MANJARREZ DE SCARIOT, MIGUEL ALBERTO MANJARREZ QUIROZ y JHONATHAN MIGUEL MANJARREZ QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.634.810, 12.973.201, 14.784.155, 15.233.422 y 16.981.677 respectivamente y de este domicilio, asistidos de la abogada MARIA TERESA OSORIO LOZANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.086, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadana AIDA VICTORIA VERDI FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.852.467 y de este domicilio, asistida del abogado JOSE ATILIO CASTILLO ZAMBRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.228, en la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y conforme a lo solicitado, expídase 02 juegos de copia certificada de dicha transacción y del presente auto. Para la realización del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano MARIO MEDINA RAMIREZ, Alguacil de este Juzgado.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil ocho. (16/04/2008). Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:43 a.m., quedando registrada bajo el N° 71 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
Exp. 4.678-2008
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