REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 15 de abril de 2008.
197° y 149º
Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.922-07, por obligación de Manutención entre los ciudadanos GONZÁLEZ MENESES LUISANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.157.847 y VANEGAS CORONEL JULIO CESAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-13.917.088 a favor del niño (se omiten los nombres), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar Cuenta de Ahorros. Ofíciese al Banco de Fomento Regional. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-325.
La Sria.,
Exp. 1922-07
PAGP/lisbeth.-