REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

San Antonio, 18 de Abril de 2008.
197º y 149º

Vista la conciliación suscrita ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Bolívar del Estado Táchira, en fecha 16 de Abril de 2008, la cual corre inserta al folio 2 del expediente N° 2012-08, de Gastos de Embarazo y Obligación de Manutención, entre la adolescente (se omite el nombre), venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.384.754 y el ciudadano CESAR DANIEL BARRERA MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.467.601, a favor del concebido no nacido, y por cuánto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN a la conciliación conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la Fiscalía Catorce Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar cuenta de ahorros para depositar los Gastos de Embarazo y Obligación de Manutención. Cúmplase.

El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía

La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se libro boleta de notificación al Fiscal Catorce y se oficio bajo el N° 3130-341.

La Sria.,



Exp. 2012-08
ALMZ