San Cristóbal, 20 de Abril de 2008
198º y 149º

CAUSA: 2E-424-99

Visto el contenido del oficio de fecha 13 de mayo de 2008, emanado de la Prefectura del Municipio Francisco García de Hevia, en el cual informa la presentaciones efectuadas por el confinado MONROY QUINTERO JOSE DE DIOS, titular de la cedula de ciudadanía N° E.- 13.471.873, residenciado en el Barrio la Esmeralda, carrera 2 entre calle 5 y 6, casa sin numero, la Fría, Municipio García de Hevía del Estado Táchira, a quien se le sigue la causa por la comisión del delito de VIOLACIÓN AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 375 ordinal 1 en concordancia con el artículo 376 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrió el hecho, este Tribunal observa:

En fecha 22 de julio de 2002, este Tribunal dictó decisión por medio de la cual declaró con lugar la solicitud efectuada por el penado MONROY QUINTERO JOSE DE DIOS, y en consecuencia acordó la conmutación del resto de pena durante de prisión que debe cumplir el pando en CONFINAMIENTO, hasta el día 20 de enero de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y 56 del Código Penal y artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Corre agregado al folio doscientos noventa (290) de la presente causa, oficio de fecha 13 de Mayo de 2007, emanado de la Prefectura del Municipio Francisco Javier García de Hevia, en el cual informa que el ciudadano Killian Kevin vivas León, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.359.252, cumplió a cabalidad las presentaciones impuestas ante la prefectura una vez cada quince (15) días finalizando el día 03 de diciembre de 2007, y habiendo transcurrido el tiempo establecido en la decisión de fecha 11 de octubre de 2007, se acredita el cumplimiento total de la pena, en consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:

ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano VIVAS LEON KILIAN KERVIN, venezolano, nacido en fecha 24 de julio de 1988, de 19 años de edad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.359.252, con domicilio en la Urbanización Luisa Pacheco, calle principal, casa N° 11-A, San Josecito, Municipio Torbes del Estado Táchira, por el delito de ROBO ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 ultimo aparte del Código Penal vigente para el momento en que ocurrió el hecho, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.

Remítase el presente expediente al Archivo Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.




ABG. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN



ABG. ANGELICA JOVES CONTRERAS
SECRETARIA