REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todo lo anteriormente expuesto y luego de un disquisioso análisis este Tribunal Segundo (2°) en funciones de Control del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
ÚNICO: DECRETA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la Defensa Pública, en virtud de negar el otorgamiento de la medida menos gravosa que la impuesta de Privación Judicial Preventiva de la Libertad al acusado JONATHAN ENRIQUE BRICEÑO MEDINA, titular de la cédula de identidad V- 18.814.484, por las presuntas comisiones de los delitos de Robo Agravado y Uso de Adolescente para Delinquir, previstos y sancionados en el artículo 458 del Código Penal vigente, y 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente vigente. Diaricese, publíquese y notifíquese a las partes de la presente decisión judicial.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR. CÉSAR ALEJANDRO RIERA
LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA ZAPATA FLORES