REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONDENA al ciudadano CARRILLO ORTIZ ALÍ MANUEL, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.451.994, venezolano, nacido en fecha 22-12-1958, de 47 años de edad, de profesión u oficio conductor, de estado civil soltero, hijo de LOURDES ORTIZ DE CARRILLO (V) y ALI MARIA CARRILLO (v), residenciado en Carrizal Sector Los Vecinos Plan Camejo, N° 19, Estado Miranda.
a cumplir la pena de 3 meses, 7 días y 12 horas de prisión por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 420 del Código Penal, con la agravante especifica del artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: Se condena a las penas accesorias de prisión establecidas en los ordinales 1° y 2° del artículo 16 del Código Penal consistentes en: Inhabilitación Política mientras dure el tiempo de la condena y la sujeción de la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la condena, terminada ésta. TERCERO: Se exime al condenado del pago de las costas procesales, de conformidad con lo establecido en el único aparte del Artículo 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TERCERO: Se deja SIN EFECTO la fijación de la audiencia oral fijada por este Tribunal para el día 05 de mayo de 2008.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, a los dieciséis (16) días del mes de abril del año Dos Mil ocho (2008).
Regístrese, Publíquese, y Déjese Copia certificada de la presente sentencia, remítase el expediente en su oportunidad legal a la Oficina de Alguacilazgo a los fines de que sea distribuida en un Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal y sede.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ