REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley acuerda sustituir la medida privativa de libertad que pesa sobre el ciudadano DELGADO FERNANDEZ ADRIAN GREGORIO, e imponer en su lugar las medidas cautelares sustitutivas a la Privación de Libertad contempladas en los numerales 2 y 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la del numeral 2, someterse al cuido y vigilancia de una persona que deberá consignar constancia de trabajo, de buena conducta, de residencia y fotocopia de la cédula de identidad quien deberá informar mensualmente a este Tribunal sobre el comportamiento del imputado, y la del numeral 3, consistente en presentaciones cada ocho (08) días por ante este Tribunal, durante seis (06) meses, la cual comenzará una vez que cumpla con la medida cautelar referente al numeral 2 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo previsto en el sexto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en los artículos 243 y 256 eiusdem.
Regístrese, Diaricese, notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese la correspondiente boleta de traslado. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL

ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA VELASQUEZ

Causa N°: 4C-5195-08