REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Quinto en funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de la ciudadana Defensora Pública Penal ABG. RAQUEL MORILLO, de la revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que pesa en contra del ciudadano TEXEIRA VIVENEZ CARLOS JAVIER, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.538.284, correspondiente a la presentación de dos (02) fiadores que devenguen 60 unidades tributarias. SEGUNDO: Se sustituye la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta por este Tribunal en contra del ciudadano TEXEIRA VIVENEZ CARLOS JAVIER, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.538.284, correspondiente a la presentación de dos (02) fiadores que devenguen 60 unidades tributarias, por las presentación de dos (02) fiadores que acrediten ante el Tribunal devengar ingresos correspondiente al sueldo mínimo vigente para este momento, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el artículo 258 del Código Adjetivo Penal, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 ejusdem.
Regístrese, Diarícese, Publíquese, Notifíquese, déjese copia certificada. Cúmplase.
LA JUEZ,

HERMINIA BRAVO DE FREITES
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA MATERANO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
LA SECRETARIA

Causa: N° 5C -5143-08
HBF/hb