REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Por las razones expuestas este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Juicio, de este Circuito Judicial Penal y sede, en contra del ciudadano JONATHAN JOSÉ ROMERO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.440.706, venezolano, natural de Maracay, Estado Aragua, de estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 28/06/1985, residenciado: Carretera Vieja Caracas Los Teques, Barrio Venezuela, Vereda A, Casa Nro 42, Los Teques, Estado Miranda, y así mismo se ordena solicitar los posibles antecedentes penales que pudiera registrar el penado.

Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda y la Defensa; a tal efecto, líbrese la correspondiente boleta de traslado. Remítase copia debidamente certificada por secretaria a la Directora del Internado Judicial de Los Teques, al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Presidente del Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (S.A.I.M.E), Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones de Interiores y Justicia, Director de la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a la Dirección de Ejecución y Sanciones Penales. Solicítense los antecedentes penales de penado JONATHAN JOSÉ ROMERO HERNANDEZ.
JUEZ DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS.

EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO A DELGADO S

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado


EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO A DELGADO S




Act. 4E-059-08
NMB.-