REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA EXTINCION TANTO DE LA PENA PRINCIPAL COMO DE LAS ACCESORIAS, IMPUESTA AL CIUDADANO MORENO GIL BLADIMIR EDUARDO, venezolano, portador de la cedula de identidad N° V-16.369.452, de estado civil soltero, nacido en Los Teques, Estado Miranda el 04-11-1966, de 28 años de edad, de oficio Albañil, hijo de Pilar Eduardo Moreno y Ana Agustina Gil, residenciado en Barrio Colinas de Angel, Sector El Plan, Calle la Cruz, Casa S/N, Lagunetica, Los Teques, Estado Miranda, conforme a lo establecido en el artículo 479, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 105 del Código Penal, y Sentencia N° 135, de fecha 21/02/2008, con ponencia del Magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón. Así mismo se ordena su inmediata exclusión de pantalla.
Diarícese, Publíquese, Notifíquese, Cítese al penado, ofíciese al Presidente del Consejo Nacional Electoral, al Director General de Registros y Notarias del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, al Director de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, al Presidente del Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 06, y al Jefe de la Oficina Central de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Distrito Capital, a los fines de que lo excluyan de pantalla. CUMPLASE
LA JUEZA DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
DRA. NANCY MARINA BASTIDAS
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO DELGADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO DELGADO
Act. 4E-2881-04
NMB.-