REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N º 1 E 366-05
JOVEN: IDENTIDAD OMITIDA.
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSOR: DR. CIPRIANO CHIVICO .
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.
DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR.
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado a los jóvenes Arriba identificados , Procede este Juzgado a la revisión de las medidas de imposición de reglas de conductas y servicios comunitarios que en en fecha 01 de diciembre del año dos mil Cuatro (2004) impusiera El Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.
Ahora bien por cuanto los adolescente han cumplido hasta la fecha todas sus medidas, que ha trascurrido mas de tres años de adecuado cumplimiento de la medidas, que las mismas tienen un fin socio educativo y que el Estado se encuentra satisfecho con ese cumplimiento, que según consta en los respectivos informe evolutivo los jóvenes adulto ha logrado socializarse y que han adquirido cada uno de ellos conciencia de problemática dado cumplimiento de esa forma al fin de la Ley Especial que nos rige se evidencia la casi totalidad del cumplimiento de las sanciones de imposición de reglas de conductas y servicios a la observa este Juzgador:
Que según se evidencia del informe evolutivo presentado por el Centro de Libertad Asistida Juan Pablo Sojo que se han cumplidos los objetivos trazados en los planes indivividuales de los jóvenes y han dado muestra de haber adquirido conciencia de problemática y Por cuanto ha trascurrido un lapso de mas de tres años de cumplimiento de las sanciones que las medidas tienen un fin eminentemente educativo, han cumplido a cabalidad con su sanción, y de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD. ASÍ SE DECLARA.-
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LAS MEDIDA DE IMPOSICION DEREGLAS DE CONDUCTAS Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD prevista en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada a los Jóvenes IDENTIDAD OMITIDA y acuerda Su LIBERTAD PLENA. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, a los 11 días del mes de Abril del año dos mil ocho (2.008). Año 198° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
DRA. ARELYS GONZALEZ ROMERO
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
DRA. ARELYS GONZALEZ ROMERO
Act. 1E-366-05
RAUA/YH.