REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ PROFESIONAL N° 2
Los Teques, 14 de Abril de 2008
197º y 149º
Vista y revisadas las actas que integran el presente, en especial acta de comparecencia que antecede en esta misma fecha por parte de la ciudadana ALMEIDA DE MOSQUERA MARIBEL, mediante la cual manifestó entre otras cosas, que no puede hacerse cargo de los niños Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, ya que se encuentra en un estado de salud delicado, y se le hace difícil brindarles todo lo que ellos necesitan. Asimismo manifestó que ha tenido problemas económicos y de vivienda, su pareja perdió su trabajo y hasta hace dos semanas fue que pudo conseguir trabajo, pero no esta completamente estable en virtud de que no tiene ningún beneficio, solo su sueldo. Visto igualmente que durante todo el proceso se desprende, que ningún otro familiar ha comparecido a manifestar querer tener a los niños y mucho hacerse cargo de los mismos, en consecuencia, por todas las consideraciones precedentes y por lo anteriormente explanado es por lo que este Juez Nº 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 131, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, MODIFICA la MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR de los niños de autos, la cual venía siendo ejecutada en el Hogar de la ciudadana MARIBEL ALMEIDA de MOSQUERA, dictada por este Tribunal en fecha 08/09/2004, y en su lugar DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, a ser ejecutada en la Entidad de Atención “Casa Hogar Bambi III”, ubicada en el Edificio ANNSHIRLEY, San Bernardino, al lado del Colegio Tirso de Molina, cerca de Crema Paraíso, Caracas, Distrito Capital, designándose CORREO ESPECIAL, a la ciudadana ALMEIDA DE MOSQUERA MARIBEL, para hacer llegar a su destino dicho oficio y traer a los autos las resultas del mismo. En consecuencia, líbrese oficio, a fin de cumplir con lo antes ordenado.- Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA

ABG. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN
Motivo: Colocación en Entidad
Expediente Nº 9633
RO/BCG/dmb