REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques
Juez Profesional N° 1



Los Teques, 24 de Abril del 2008
198° y 149°

Vistas las anteriores actuaciones que integran el presente expediente, y por cuanto se evidencia que en el auto de admisión de fecha 01/04/08, se cometió error material involuntario al momento de transcribir el numero de cédula de identidad de la ciudadana: MARYI EVELYN CONTRERAS MUJICA; en consecuencia, es por lo que SE ORDENA LA CORRECCION del error material ocurrido, por ende, donde dice y se lee: “…12.730.380…”, debe decir y leerse: “…14.480.943…”. Conste.-
LA JUEZ,



DRA. ZULAY CHAPARRO
EL SECRETARIO ACC.,



ABG. DONNER PITA


















Motivo: Curador Ad-Hoc
Expediente Nº S-9424
ZCH/FC/Jg.-