REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Los Teques, 08 de agosto de 2.008
197° y 149°

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el justificativo de testigo, evacuado por la Notaria Pública de los Municipios Brión y Buroz del estado Miranda, en el cual rinden declaración los ciudadanos JESUS GREGORIO CORREA NICOLA y BERNARDA GUARATA CUFAT, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.480.952 y V-3.984.769, respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos ANA VICTORIA ASCANIO UZCATEGUI, LORGIA MATILDE ASCANIO USCATEGUI, LUISA DARIA ASCANIO MADRIZ, DELIA VICTORIA ASCANIO UZCATEGUI, AMELIA BENITA ASCANIO DE PONCE, TOMAS ANTONIO ASCANIO UZCATEGUI Y CASTOR MARTIN ASCANIO USCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.023.626, V-18.023.626, V-18.023.626, V-18.023.626, V-18.023.626, V-18.023.626 y V-18.023.626, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Terreno Municipal ubicado en la Calle San Juan, Sector Tacarigua de la Parroquia Tacarigua, Municipio Autónomo Brión, Estado Miranda, con un área de doscientos ochenta y un metros con sesenta y cinco metros cuadrados (281,65 Mts.2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JESÚS A. GARCÍA ELJURI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.806. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,


ELSY MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO ACC,


YONNY F. CALDERA


Exp: Nº 45.353.-
EMMQ/YFC/CAOT.-