REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 08 de agosto de 2.008
198º y 149º

En virtud de haber sido designado Juez Temporal de este Despacho, según oficio Nro. CJ-08-1060 de fecha 02 de Mayo de 2.008, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, me avoco al conocimiento de la presente causa. Asimismo, vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan los ciudadanos MIREYA ELPIDIA HERRERA DE ABSALON, XILEF AYERIM ABSALON HERRERA y YISELL ALBANY ABSALON HERRERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.455.148, V-15.519.975 y V-18.234.581, respectivamente, en la sucesión del De-Cujus FELIX TOMAS ABSALOM MOLERO, quien falleció ab-intestato, en fecha 15 de Junio de 2008, en la Ciudad de Los Teques, Estado Miranda, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a las promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada MIRIAM EDITH ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.949. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ TEMPORAL,


MARIO ESPOSITO CASTELLANO
LA SECRETARIA ACC,


JANETH DIAZ MALDONADO
Nota: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA ACC,
EMQ/CarlosOlmos
Exp. N° 46.178