REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 4 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-000165

Revisado como ha sido el presente asunto, se evidencia que en fecha 06 de junio de 2008, este Juzgado acordó la libertad por pena corporal cumplida, por haber cumplido con la totalidad de la pena impuesta al penado MIGUEL ANGEL BELTRAN GIROT, de Nacionalidad: Venezolano, nacido en Caracas, Distrito Capital, residenciado en: Santa Teresa del Tuy, Barrio Sector Las Campanitas, Casa N° 07, Edo. Miranda, nacido en fecha 22/02/1983, de 23 años de edad, de profesión u oficio indefinida, grado de instrucción cuarto grado, de estado civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.591.619, hijo de Elizabeth Girot (V) y Miguel Beltrán Gómez (V), quedando sujeto en aquella oportunidad a cumplir la pena accesoria contemplada en el artículo 16 ordinal 2° del Código Penal:….” 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta: Se mantendrá por una quinta parte del tiempo de la condena, una vez terminado el cumplimiento de la pena, esto es TRES (03) MESES Y SEIS (06) DIAS, cesara el día 12-11-2008…”, por lo que se impone al mencionado penado la obligación de presentarse cada TREINTA (30) DÍAS por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, hasta el día 12 de noviembre de 2008.

Ahora bien, en el mismo orden de ideas y siguiendo el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia de fecha 21 de Mayo de 2007, declara que el penado anteriormente identificado, no queda sujeto a la vigilancia de autoridad, establecida en las normas señaladas, en virtud de lo cual SE DEJA SIN EFECTO LA SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, decretada en fecha 06 de junio de 2008. Y ASÍ SE DECIDE.

DECISION.

Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy ACUERDA: que el penado MIGUEL ANGEL BELTRAN GIROT, titular de la cedula de identidad N ° V- 16.591.619 no queda sujeto a la vigilancia de autoridad, establecida en las normas señaladas, en virtud de lo cual SE DEJA SIN EFECTO LA SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, decretada en fecha 06 de junio de 2008. Y ASÍ SE DECIDE.

Publíquese, regístrese, notifíquese al Fiscal Décimo en materia de Ejecución de Sentencias, a la defensa MARIANGELA LAYA, al penado MIGUEL ANGEL BELTRAN GIROT. Librase oficio al Jefe de la Oficina de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia, cúmplase.

Remítase el presente asunto al archivo, por el lapso de un (01) año, cumplido el mismo deberá ser remitido al archivo regional para su cuido y custodia
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION

DRA. REYNA DAYOUB ELIAS
LA SECRETARIA

ABG. KARLA BLANCO


En el día de hoy se dio cumplimiento con lo ordenado.


LA SECRETARIA

ABG. KARLA BLANCO
RDE/KB