REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal de Protección de Niños, Niñas  y  Adolescentes
 
Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento
 
                                                     JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
 
 
                                        Guatire, 13   de Agosto  de 2008
 
                                    Año 198º y 149º
 
 
PARTES: FRANCISCA GRANADOS Y OSWALDO GUILLERMO CHAGARRETA titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.921.276 y 6.066.765 respectivamente.
 
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
 
EXP. 	04-5276
 
 
Examinadas la actas procesales, que conforma el presente expediente, se observa que fue homologada la presente causa en donde se decreto medida de embargo sobre la totalidad de las prestaciones sociales del obligado, y visto que consta en auto la ejecución de dicho embargo, y motivado a ello se ordeno aperturar cuenta de ahorros en el Banco de Banfoandes, siendo autorizada la ciudadana up supra, a movilizar dicha cuenta y no habiendo dinero que administrar por parte de este Tribunal, es por lo que se estima innecesario mantener abierto el presente expediente. en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y EN CONSECUENCIA SE ORDENA EL CIERRE DE LA PRESENTE CAUSA Y LA REMISIÓN  DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL DEPOSITO DE ARCHIVO JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA REGIÓN MIRANDA para su resguardo. Y ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíquese la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.-
 
EL JUEZ 
 
 
 
DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.-                      
 
 
 
                                                                                                  LA SECRETARIA
 
                        
 
 
                                                 ABG. JUDITH LOVERA PEDRON 
 
 
 
                  
 
Exp. Nº 04-5276
 
HARB*JLP*Jheyddy
 
 
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