REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II

Guatire, 13 de Agosto del año 2008
198º y 149º

SOLICITANTE: FREINCY COROMOTO PEREDA CRUZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18.404.321.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como CARGA FAMILIAR del ciudadano GREGORY MANRIQUE HERRERA ESPINOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 16.497.028, al niño IDENTIDAD OMITIDA, de 04 años de edad, nacido en el Hospital General Guatire, Estado Miranda, el 11-07-2004, de acuerdo al acta de nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio Plaza del Estado Miranda, acta Nº 1.028, de fecha 04-08-2004. Devuélvase todo original.
EL JUEZ ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.


LA SECRETARIA
Abg. JUDITH LOVERA PEDRON





EXP Nº S-08/7852
HARB/JLP/Delmarys.-
Carga Familiar.