REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 04 de Agosto del año 2008
198º y 149º
SOLICITANTE: LUISA YURY SILVA ARCAY, Titular de la cédula de Identidad Nº 11.561.318.
Vista las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR AD HOC, manifestado por la ciudadana HIRAYIN DEL VALLE SILVA ARCAY, titular de la cédula de identidad Nº 13.894.277, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo a la ciudadana HIRAYIN DEL VALLE SILVA ARCAY, titular de la cédula de identidad Nº 13.894.277, de Curador Ad Hoc de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA de dieciséis (16) años de edad, nacida en Caracas, Parroquia San José en fecha 06-11-1991 de acuerdo al acta de nacimiento Nº. 1958 expedida por el Registrador Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investida de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON.-
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EXP Nº S-08/7780
HARB/JLP/Delmarys.-
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