JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, doce de Diciembre de Dos Mil Ocho.
198º y 149º
Vista la Transacción celebrada por la abogada GLORIA AURORA DUARTE DE CASTIBLANCO, actuando con el carácter de Endosataria en Procuración de una letra de cambio a favor de la ciudadana GLADYS ELVIRA RUIZ GORDILLO, parte demandante, por una parte y por la otra parte el ciudadano FERNEL RINCON, con el carácter de parte demandada, que consta en el despacho de embargo, corriente a los folios 09 y 12, del Cuaderno de Medidas. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, no se ordena el archivo del presente expediente, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento total de la obligación contraída. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
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