JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dos de Diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
Vista las diligencias de fechas 25 de noviembre de 2008 y 01 de diciembre de 2008, suscritas por la ciudadana MARÍA DE JESÚS BOLÍVAR de BAUTISTA, con el carácter acreditado en autos, asistida por la abogada GISELA SIFONTES de RAMÍREZ mediante la cual en cumplimiento al auto dictado en fecha, 20 de noviembre de 2008 y consigna partida de nacimiento del ciudadano OMAR BAUTISTA BOLÍVAR y acta de defunción de la ciudadana ELSA DOLORES BAUTISTA BOLÍVAR, en consecuencia, de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos MARÍA DE JESÚS BOLÍVAR de BAUTISTA, MAURICIO COROMOTO, JOSÉ OMAR, ELSY MARÍA, LUIS IGNACIO, ISABEL CRISTINA, BEATRIZ JOSEFINA, JESÚS ANTONIO y DENNIS EDGARDO BAUTISTA BOLÍVAR, MAURICIO, CELSA SIRLEY, LEILA ZUREIMA y FELIX BAUTISTA ONTIVEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 1.105.402, 3.623.230, 4.205.195, 5.023.564, 9.205.906, 9.215.921, 5.023,565, 5.656.562, 10.149. , 5.657.361, 5.678.953, 9.147.337 y 9.147.336, en su orden, en su carácter de cónyuge la primera y los restantes como hijos del ciudadano MAURICIO BAUTISTA SÁNCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 289.402, cuyo último domicilio fue en la vereda 15, casa N° 2, Unidad Vecinal, San Cristóbal, Estado Táchira, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
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