JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA

En horas de despacho del día de hoy, 10 de diciembre de 2008, siendo las 2:30 p.m., día y hora fijado para la celebración de la prolongación de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo de la acción por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JOSE CONCEPCION RODRIGUEZ contra la empresa DESARROLLOS GORT´S C.A., se anunció el acto a la entrada del Tribunal, y hacen acto de presencia: el ciudadano JOSE CONCEPCION RODRIGUEZ junto a su representante judicial abogada RUTH YAJAIRA MORANTE titular del Inpreabogado N° 20.080 por una parte; y por la otra el ciudadano JULIAN CELESTINO ARAGORT titular de la Cédula de Identidad N° 4.680.769 en el carácter de administrador de la demandada, asistido por el abogado FELIX NICOLAS FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado N° 29.441. En este estado la Juez inicia la Audiencia Preliminar, acto seguido la representación de la demandada hace entrega al accionante de cheque identificado con el N° 25209159 contra el Banco Mercantil por la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES ( 8.000,00 Bs. F.) a favor del ciudadano JOSE RODRIGUEZ, el cual es recibido a su entera satisfacción. Acto seguido dejan expresado que la transacción laboral acordada en el acta de fecha 9 de diciembre de 2008 será presentada por ante este circuito judicial el día 19 de diciembre de 2008 a los fines de que sea debidamente homologada por la Juez a cargo del despacho. Oídas las manifestaciones de las partes la Juez prolonga la audiencia para el día 19 de diciembre de 2008 a las 9:30 a.m. Se solicita a la Secretaria del Juzgado expedir copias certificadas de la presente acta, todo tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo. Terminó y conformes firman.-

JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ
EL ACCIONANTE Y SU APODERADA JUDICIAL

REPRESENTACION DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA
EXP.2110-08
JMG./ EVZ.